El método reconoce una desventaja, dados los conceptos que se utilizan en Venezuela del Apellido y del origen de los socios (persona natural o jurídica), los cuales están registrados en la Constitución de 1999, el Código de Comercio de 1985 y en el Código Civil de 1982, es posible que no se pueda dar fe del carácter familiar de la Compañía en dos casos:
1. Si los socios son parientes políticos (diferentes apellidos, aún perteneciendo al mismo círculo familiar, v.g. cuñados-socios) o si se utiliza el apellido de soltera del cónyuge cuando son matrimonios-propietarios.
2. Si uno de los socios mayoritarios de la Compañía es otra Compañía (persona jurídica) de la cual no se dispone el registro, por lo tanto no se puede determinar si los socios de esta pertenecen también a aquella, aunque con diferente esquema funcional y organizativo.
Ward (1994, p. 211) señaló en los apéndices de su investigación similares dificultades al consultar los registros de las compañías establecidas en Chicago, EEUU, al igual que Cabrera y García (1999, p. 1) en la base de datos disponible en las Islas Canarias, España. A pesar de ello, el método empleado reportó los siguientes resultados de las Empresas Constructoras del Estado Carabobo:
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