Guillermo Salazar: ¿Cuál es la labor más importante del Consejo de Familia?
Daniela Montemerlo: Una de las dos cosas más importantes (y la principal) es mantener una fuerte cohesión de la familia. Cuando se trabaja en una empresa, hay que encontrar el modo de poder tener una familia que trabaje con una fuerte unión, lo cual es muy útil para superar las dificultades.
Otro objetivo (dentro de este primero y más grande), es preparar en un contexto familiar caracterizado de armonía y cohesión, a los futuros propietarios; explicarle a los jóvenes cuando aún no son propietarios ni socios que no es lo mismo ser miembros de una misma familia, a ser miembros de una misma familia propietaria de una o varias empresas.
GS: Los propietarios emprendedores piensan que los órganos de gobierno son una burocratización de su compañía, ya que pierden agilidad en el proceso de toma de decisiones...
DM: ¡Y tienen razón porque es así!. Y esto no se aplica solo al Consejo de Administración. También cuando se decide tener un Comité de Dirección, todo aquello que da estructura a la empresa, de alguna forma la rigidiza y hace más lento el proceso de las decisiones. Pero mientras más compleja se vuelve la empresa, más ayuda necesita el emprendedor: las decisiones que dependen de una sola persona en la dirección sin el auxilio de colaboradores o socios importantes como en un Consejo de Administración, son muy raras.
Aunque esta inquietud está fundamentada, los emprendedores pueden entender que es ventajoso dejarse ayudar un poco. Lo que no se justifica es el temor que tienen muchas veces de burocratizar su empresa al punto que lo hacen las grandes multinacionales. Se pueden construir Órganos de Gobierno a la medida de la empresa, pagando el precio de implementar estructuras en la toma de las decisiones, pero ganado en otras grandes ventajas.
GS: ¿Se puede hablar de la “composición ideal” del Consejo de Familia?
DM: En un primer concepto, el Consejo de Familia está integrado solo por miembros de la familia, sean o no socios de la empresa. De aquí se desprenden dos opciones básicas que se le otorgan a la familia propietaria:
En la primera, hay quien considera al Consejo de Familia como un órgano que sirve para mantener unido al grupo familiar, gobernando los asuntos de la familia diferentes de los de la empresa y para tener un canal de comunicación abierto entre la propiedad y la familia. En este caso el Consejo de Familia se compone de familiares socios y no socios, siendo una de las funciones principales el mantener informado a estos y de comenzar a involucrar a los jóvenes para interesarse en la compañía, por ejemplo llevando a cabo presentaciones que los familiares socios (en particular los que están a cargo de la empresa), hacen de los resultados de la compañía, o explican a los más jóvenes qué cosa es la empresa.
En la segunda opción, se puede manejar la inclusión de los cónyuges. Por lo que sé de la empresa española y latinoamericana, los esposos y esposas de los familiares son una característica siempre presente en los Consejos de Familia, al contrario del caso italiano donde son invitados muy de vez en cuando, si acaso una vez al año sobre todo cuando se dan comunicaciones de la empresa, ya que la idea es la de mantener una fuerte cohesión entre los familiares consanguíneos y evitar las dinámicas y enfrentamientos que nacen cuando los familiares discuten y los cónyuges llegan.
Este es un primer discurso: el Consejo de Familia como órgano que decide sobre la familia y que sirve para mantener informados a los familiares, sobre todo a aquellos que no son socios (que quizás lo serán en un futuro, pero otros no lo serán jamás), sobre todo lo que implica a la familia.
Existe también otro concepto de Consejo de Familia, que es aquel que hace las funciones de Asamblea de Socios. De hecho, son accionistas que toman decisiones sobre temas como el gobierno de la propiedad o el protocolo familiar. En este caso pienso que es muy importante que el Consejo de Familia esté constituido solo por familiares socios, aunque quizás se pueda abrir para invitar a ciertas reuniones a aquellos miembros que no son socios o a los que serán futuros socios. Es necesario estar atento al hecho de que cuando un Consejo de Familia decide como lo hace una Asamblea de Socios, requerirán de una ratificación formal de las decisiones en presencia de los miembros de esta.
“La composición ideal”: creo que para el primer concepto quizás se arriesga más el mantenimiento del espíritu de grupo de la familia, con el riesgo de perder de vista el hecho que los derechos y deberes de un familiar no son los mismos, dependiendo de si se es socio o no. En la segunda definición (la del Consejo como Asamblea), la ventaja es que es difícil confundir los derechos y deberes de la familia y la propiedad, haciendo diferencias entre las responsabilidades propias de cada una. La desventaja es que eventualmente se requerirá de otro ámbito para mantener viva la cohesión de la familia.
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