martes, diciembre 05, 2006

Los Acuerdos Prematriomoniales (I)

Para la mayoría de las familias resulta chocante la idea de que sus hijos recurran a contratos matrimoniales como una manera de preservar la propiedad de la empresa en manos de miembros consanguíneos. El consenso al que han llegado todos los autores (la gran mayoría de cultura anglosajona, de concepciones y valores del matrimonio que difieren de la latina), como uno de los mejores consejos que se le puede otorgar a una Empresa Familiar: debe considerarse un acuerdo prematrimonial para las futuras generaciones.

La experiencia que se ha tenido en la materia indica que un cónyuge propietario de una parte del patrimonio accionarial de la compañía de su pareja por simple derecho marital, ya que el matrimonio en si es una sociedad y crea un impacto directo sobre la propiedad de la compañía, le convierte en un potencial peligro para la empresa. A veces su incumbencia en asuntos que no domina al intentar defender los intereses de su cónyuge o hijos, le puede colocar en situaciones incómodas cuando por ejemplo, ella (madre de los hijos empleados) opina e interfiere sobre la manera en que su marido (jefe y fundador de la empresa) gerencia sobre sus hijos, “trayendo esa actitud dentro de cualquier decisión del negocio entre su esposo y sus hijos”. Un caso más grave es el papel que puede llegar a asumir si llegara a gerenciar un negocio que no conoce, por divorcio o viudez, pudiendo convertir a la Empresa Familiar en un verdadero campo de batalla. Kertész (2001), sostiene que “muchas empresas no se dan cuenta que son familiares, ¡hasta el momento del divorcio!”.

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