Cuando nos referimos a un reparto basado en la idea de desigualdad no estamos hablando de que se cometa ninguna injusticia. Al contrario, la justicia en este caso es la razón por la que se reparte el patrimonio de forma diferente entre los herederos, dándole más a quien más ha contribuido en el desarrollo de la empresa. En el caso de que este criterio no se aplique la opción es la de repartir a todos por igual, tanto si se distribuyen los bienes de forma matemáticamente idéntica entre los legatarios (casi siempre acciones de la compañía), como si se hace un reparto cualitativamente similar del total del valor del patrimonio a transmitir (como en el caso que anteriormente describíamos donde se heredaban a los hijos varones las acciones de la empresa y a las hijas su valor equivalente en bienes inmuebles). De forma sintetizada podemos verlo de acuerdo al siguiente esquema:
La factibilidad de su aplicación en cada caso y las ventajas y desventajas que conlleva uno u otro criterio determinarán las diferentes fórmulas que cada familia puede aplicar, con lo que deben analizarse con cuidado las repercusiones inmediatas y a futuro tanto en la empresa como en la familia.
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